Para ingresar al Ejército de Venezuela se debe:
- Ser venezolano por nacimiento o por naturalización.
- Tener entre 18 y 30 años de edad.
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- No haber sido condenado por delitos dolosos.
- No haber perdido la ciudadanía venezolana.
- No estar sujeto a proceso judicial.
- Estar en goce de sus derechos civiles y políticos.
- No haber sido separado del Servicio Militar obligatorio o del servicio militar voluntario, salvo que hubiere sido exonerado mediante Resolución del Ministerio de la Defensa.
- No pertenecer a las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas.
- No haber desertado de las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas.
- No pertenecer a las Fuerzas de Seguridad Nacional.
- No haber sido expulsado de las Fuerzas de Seguridad Nacional.
- No haber sido separado de las Fuerzas de Seguridad Nacional.
- No presentar enfermedad que imposibilite el servicio militar.
- No presentar impedimento físico que imposibilite el servicio militar.
- No haber sufrido condena militar por delitos dolosos.
- No haber sido objeto de sanción disciplinaria que implique suspensión de derechos o inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas.
- No haber sido condenado por delitos de lesa humanidad, terrorismo o delincuencia común, con sentencia ejecutoriada.
Para el ingreso a la Escuela de Formación de Oficiales se debe:
- Ser venezolano por nacimiento o por naturalización.
- Tener entre 18 y 30 años de edad.
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- No haber sido condenado por delitos dolosos.
- No haber perdido la ciudadanía venezolana.
- No estar sujeto a proceso judicial.
- Estar en goce de sus derechos civiles y políticos.
- No haber sido separado del Servicio Militar obligatorio o del servicio militar voluntario, salvo que hubiere sido exonerado mediante Resolución del Ministerio de la Defensa.
- No pertenecer a las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas.
- No haber desertado de las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas.
- No pertenecer a las Fuerzas de Seguridad Nacional.
- No haber sido expulsado de las Fuerzas de Seguridad Nacional.
- No haber sido separado de las Fuerzas de Seguridad Nacional.
- No presentar enfermedad que imposibilite el servicio militar.
- No presentar impedimento físico que imposibilite el servicio militar.
- No haber sufrido condena militar por delitos dolosos.
- No haber sido objeto de sanción disciplinaria que implique suspensión de derechos o inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas.
- No haber sido condenado por delitos de lesa humanidad, terrorismo o delincuencia común, con sentencia ejecutoriada.