Para transitarios, el ingreso a Colombia se permite únicamente en los puertos y aeropuertos internacionales habilitados. No se requiere visa de turismo, siempre y cuando el pasajero cumpla con los requisitos establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores:
- Pasaporte vigente con una validez mínima de 6 meses a partir de la fecha de salida del país.
- Boleto de avión o de barco con fecha y hora de salida confirmadas.
- Comprobante de que posee los medios económicos necesarios para el ingreso y permanencia en el país, tales como:
- Tarjeta de crédito.
- Chequera.
- Dinero en efectivo.
- Cupos electronicos para el ingreso de divisas.
- No tener antecedentes penales en Colombia o en el país de origen.
- No formar parte de las listas de prohibición de ingreso a Colombia o de las listas de control de pasajeros del sistema de Interpol.
- Para menores de 18 años, presentar la autorización de salida del país expedida por la entidad competente, en el caso de que no vayan acompañados de sus padres o tutores.
Para mayor información, puede consultar el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.