Para solicitar el empadronamiento en Jerez de la Frontera, es necesario que los interesados reúnan los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano español o de cualquier otro país de la Unión Europea, con derecho a residir en España.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Extranjería y demás normativa aplicable.
- Estar en posesión del NIE (número de identidad de extranjero).
- No estar dado de alta en el Padrón Municipal de cualquier otro Ayuntamiento de España.
- No estar exento del empadronamiento en virtud de otra normativa.
- Tener domicilio en el territorio municipal de Jerez de la Frontera.
Una vez que se reúnen todos los requisitos, el interesado deberá solicitar el empadronamiento en el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, aportando los siguientes documentos:
- Solicitud de empadronamiento debidamente cumplimentada.
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de identidad de extranjero (NIE) en vigor.
- En el caso de los menores de edad, fotocopia del Libro de Familia o, en su defecto, del certificado de nacimiento.
- En el caso de las personas que no sean ciudadanas españolas o de otros países de la Unión Europea, fotocopia del permiso de residencia o, en su defecto, del NIE en vigor.
Los documentos deberán ser presentados en original y fotocopia, y serán devueltos en el mismo estado en que se recibieron. El empadronamiento tendrá carácter personal y no será transferible a otras personas. La falta de cumplimiento de los requisitos o la presentación de documentación falsa o alterada supondrá la denegación del empadronamiento.