requisitos para empadronarse en bizkaia

Para empadronarse en Bizkaia, se requiere que el solicitante sea mayor de edad y posea la nacionalidad española o de un país de la Unión Europea. Asimismo, deberá aportar el DNI o NIE, contrato de arrendamiento o escritura pública de compraventa del inmueble donde residirá, certificado de empadronamiento del anterior municipio de residencia y justificantes de pago de impuestos.

Una vez que se reúnan todos los requisitos, el interesado deberá dirigirse personalmente al Ayuntamiento de la localidad que corresponda, donde se le facilitará el modelo de solicitud de empadronamiento. A continuación, se le asignará un número de referencia y se le indicará la documentación que deberá aportar en el plazo de 10 días.

La documentación que se deberá presentar es la siguiente:

  • Fotocopia del DNI o NIE del solicitante y de las personas que vayan a empadronarse con él.
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento o de la escritura pública de compraventa del inmueble.
  • En el caso de que el inmueble pertenezca a una sociedad mercantil, se deberá aportar la escritura pública de constitución y los estatutos sociales.
  • En el caso de que el inmueble pertenezca a una comunidad de propietarios, se deberá aportar la escritura de constitución y los estatutos de la comunidad y la certificación del administrador acreditativa de que el solicitante es propietario o arrendatario del inmueble.
  • Certificado de empadronamiento del anterior municipio de residencia.
  • Justificantes de pago de impuestos (IBI, basura, etc.) del inmueble donde se va a residir.
  • En el caso de que el inmueble se encuentre en trámite de obtención de licencia de primera ocupación, se deberá aportar el certificado de inscripción en el Registro de la Propiedad.

Una vez que se haya presentado toda la documentación, el Ayuntamiento expedirá el certificado de empadronamiento en un plazo de 10 días, a partir del cual el solicitante y las demás personas que vayan a empadronarse tendrán un plazo de 30 días para hacerlo. Si no se realiza en el plazo establecido, se entenderá que el interesado ha desistido de la solicitud.

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