requisitos para el arraigo laboral
Para acceder al beneficio de arraigo laboral, el trabajador deberá:
- Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias.
- No haber sido condenado por un delito doloso.
- Estar afiliado y cubierto por el Seguro Social Obligatorio.
- Contar con una antigüedad laboral mínima de 5 años en la empresa, ininterrumpidos, a la fecha de presentación de la solicitud.
- No haber gozado del beneficio de arraigo laboral con anterioridad.
- Contar con una relación laboral vigente con la empresa.
- Que la empresa no tenga deudas pendientes de pago con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o con el Instituto del Seguro Nacional de Salud para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), al momento de presentar la solicitud.
- Que la empresa no se encuentre en quiebra o en liquidación.
- Que la relación laboral se haya celebrado mediante contrato individual de trabajo.
- Que la empresa no tenga sanciones vigentes por incumplimiento a las disposiciones laborales, de seguridad social y de protección al trabajador.