En México, si una persona extranjera quiere trabajar para una empresa, la empresa necesitará obtener una autorización de trabajo de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). Si la persona extranjera ya tiene una visa de trabajo válida, la empresa debe registrarla en el Registro Nacional de Población (RNP) y obtener una Clave Única de Registro de Población (CURP). Si la persona extranjera no tiene una visa de trabajo válida, la empresa debe solicitar una autorización de trabajo a la SRE.
Para solicitar una autorización de trabajo, la empresa debe presentar la siguiente documentación:
- Una solicitud de autorización de trabajo debidamente llenada y firmada por el representante legal de la empresa.
- Una copia certificada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o del acta constitutiva de la empresa, en la que se señale el domicilio de la misma y la actividad económica que realiza.
- Una copia certificada del último acta de elección de representantes legales de la empresa.
- Una copia certificada de la escritura pública en la que conste la adquisición o arrendamiento del inmueble en el que se llevará a cabo la actividad económica de la empresa.
- Una copia certificada del último estado de cuenta bancario de la empresa, en el que se señale el número de cuenta, la fecha de apertura, el saldo y el domicilio de la sucursal bancaria.
- Una copia certificada del último comprobante de domicilio de la empresa, expedido por el ayuntamiento o la autoridad competente.
- Una copia certificada de la última declaración anual de impuestos federales de la empresa.
- Una copia certificada de la última declaración mensual de impuestos estatales de la empresa, en la que se señale el importe pagado.
- Una copia certificada de la órden de pago por el impuesto sobre nómina de la empresa, correspondiente al mes en curso.
- Una copia certificada de la certificación de la UMAE de la empresa, en la que se señale el código y la clasificación de la empresa.
La documentación debe presentarse en original y copia simple, debidamente certificada por el notario público o la autoridad competente.
Una vez que la empresa haya presentado toda la documentación, la SRE evaluará si la empresa cumple con los requisitos establecidos en la Ley General de Población y el Reglamento de la Ley General de Población.
Si la SRE considera que la empresa cumple con los requisitos, autorizará la solicitud y la empresa podrá contratar a la persona extranjera.