Para contraer matrimonio civil en España, se requieren una serie de requisitos legales. En primer lugar, ambos contrayentes deberán tener nacionalidad española o, en su defecto, ser ciudadanos de la Unión Europea o de países con los que España tenga celebrado un convenio internacional. Asimismo, ambos tendrán que estar empadronados en el municipio en el que se celebrará el matrimonio. En cuanto a la edad de los contrayentes, deberán tener al menos 18 años de edad. No obstante, si uno de los dos fuese menor de esta edad, podría contraer matrimonio con autorización parental. En cualquier caso, será el juez quien decida si se le otorga o no la autorización, atendiendo a las circunstancias personales de cada caso.
Otro de los requisitos para contraer matrimonio civil es que ambos contrayentes no estén casados ni unidos civilmente con otra persona. En el caso de que alguno de los dos hubiera estado casado anteriormente, deberá acreditar que su matrimonio anterior ha sido dissuelto o anulado judicialmente. Asimismo, si alguno de los contrayentes hubiera estado unido civilmente con otra persona, deberá acreditar que dicha unión civil ha sido dissuelta o anulada judicialmente.
En cuanto al lugar en el que se celebrará el matrimonio, este podrá ser en el Registro Civil o en cualquier otro lugar dentro del territorio nacional siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. En todo caso, será el juez quien autorice la celebración del matrimonio en un lugar distinto al Registro Civil. Asimismo, se deberá notificar dicha decisión con al menos cinco días de antelación a la fecha en la que se celebrará el matrimonio.
Por último, cabe destacar que, para contraer matrimonio civil, tampoco será necesario contar con testigos. No obstante, si los contrayentes así lo desean, podrán llevar a cabo la celebración del matrimonio con la presencia de hasta dos testigos por parte de cada uno de ellos.