Para constituir una sociedad mercantil se deben reunir ciertos requisitos, establecidos en el Código de Comercio. En primer lugar, debe haber dos o más socios. En segundo lugar, los socios deben celebrar un contrato social. En tercer lugar, la sociedad debe tener una razón social. En cuarto lugar, la sociedad debe inscribirse en el Registro Público de Comercio. En quinto lugar, la sociedad debe tener un capital social. Y en sexto lugar, la sociedad debe designar un representante legal.
Los socios pueden ser personas físicas o morales. En el caso de las personas físicas, deben tener la capacidad legal para contratar. En el caso de las personas morales, deben estar legalmente constituidas y debidamente inscritas.
El contrato social debe celebrarse por escrito. Debe contener la denominación o razón social de la sociedad, así como la duración de la sociedad. También debe establecer el domicilio social de la sociedad y el objeto social de la misma. Asimismo, debe indicar el capital social de la sociedad y la forma en que está dividido. También debe precisar los derechos, deberes y obligaciones de los socios.
La razón social debe estar formada por la unión de los apellidos o denominaciones sociales de los socios. En el caso de las personas morales, debe utilizarse la denominación social. La razón social debe ser única y distintiva. No puede ser confusa con otras razones sociales inscritas en el Registro Público de Comercio.
La sociedad debe inscribirse en el Registro Público de Comercio para obtener personalidad jurídica. Para inscribirse, debe presentarse el contrato social, así como los documentos que acrediten la identidad y capacidad de los socios. También debe presentarse el acuerdo de constitución de la sociedad.
El capital social debe estar representado por bienes muebles o inmuebles, dinero en efectivo, títulos valores u otros bienes. Debe abonarse en efectivo o en especie. En el caso de los bienes inmuebles, debe acreditarse mediante escritura pública. El capital social debe ser igual o superior a dos mil unidades de fomento (UF).
La sociedad debe designar un representante legal. El representante legal debe ser una persona física mayor de edad y con capacidad legal para contratar. Debe tener domicilio en Chile. Y debe estar inscrito en el Registro Civil de Personas. El representante legal tiene plenos poderes para obligar a la sociedad frente a terceros.