Para cobrar la RGI, se deben cumplir una serie de requisitos: ser mayor de 65 años, no tener rentas superiores a 8.060 euros anuales (o 14.112 euros en el caso de que la persona sea soltera, viuda o divorciada), no tener otros ingresos (excepto las pensiones no contributivas o las rentas asistenciales), residir en España de forma ininterrumpida durante al menos 5 años y no tener derecho a percibir otra prestación por jubilación, invalidez o viudedad.
Para percibir la RGI, se debe solicitar el ingreso en el Registro de Interesados en el Ayuntamiento de la localidad donde se resida. El importe de la prestación se abona mensualmente, y se revaloriza anualmente en función de la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC).