requisitos para cobrar pension de orfandad

Para cobrar la pensión de orfandad, el solicitante debe ser hijo o hija menor de edad (hasta los 18 años) o hijo o hija soltero/a de hasta 21 años de edad que cursa estudios de educación secundaria, formación profesional o estudios universitarios. También pueden ser beneficiarios los hijos mayores de 21 años con discapacidad que no puedan valerse por sí mismos. En todos los casos, para cobrar la pensión de orfandad es necesario que el fallecimiento del progenitor se haya producido cuando los hijos tenían menos de 18 años.

Para acceder a la pensión de orfandad, además de cumplir los requisitos anteriores, el solicitante debe estar inscrito en el Registro Civil. Si el fallecimiento del progenitor se produjo en el extranjero, es necesario que el acta de defunción esté legalizada y traducida por el consulado español del país en el que se encuentre.

Una vez que se cumplen todos los requisitos, el solicitante debe presentar una solicitud dirigida a la Administración de la Seguridad Social. En dicha solicitud deberá acreditar su identidad y relación de parentesco con el fallecido, así como la fecha del fallecimiento y el estado civil del progenitor. Si el fallecimiento se produjo en el extranjero, además deberá aportar la legalización y traducción del acta de defunción.

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