Para cobrar la prestación por lactancia materna, la madre deberá:
- Estar dada de alta en la Seguridad Social como trabajadora por cuenta propia o ajena.
- No estar cobrando la prestación por desempleo.
- No estar realizando ninguna actividad remunerada en el momento de solicitarla.
- Haber cotizado, como mínimo, 180 días en los últimos cinco años.
- No superar el límite de rentas exentas de tributación establecido para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- No estar en ninguno de los supuestos de exclusión que se detallan en el apartado siguiente.
La prestación por lactancia materna se abona mensualmente, por adelantado y de forma directa a la cuenta bancaria que la madre indique en la solicitud. No obstante, si la madre cambia de cuenta bancaria, deberá comunicarlo a la Seguridad Social para que se realice el cambio en el sistema y se le pueda seguir abonando la prestación.