La renta agraria se puede cobrar de forma anual o mensual, en función de las circunstancias del contribuyente. Para ello, se debe solicitar el ingreso en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), a través del modelo 180.
Asimismo, es necesario que el contribuyente reúna los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
- No tener deuda pendiente de pago con la Seguridad Social.
- No estar exento del pago de la renta agraria.
- No tener derecho a percibir otra prestación por desempleo.
- No superar el límite de renta mínima vital establecido en la Ley.
Una vez cumplidos todos estos requisitos, el contribuyente podrá cobrar la renta agraria de forma mensual o anual, en función de sus circunstancias.