requisitos para cobrar la ayuda de los 45 años

Para cobrar la ayuda de los 45 años, se debe:

- Tener 45 años de edad o más.

- No estar trabajando ni percibiendo una renta.

- No tener derecho a la pensión de jubilación ni a otras prestaciones por jubilación.

- No haber alcanzado la edad de 65 años.

- No tener derecho a la pensión de invalidez ni a otras prestaciones por invalidez.

- No estar estudiando en un centro educativo.

- No percibir una renta por alguna de las siguientes situaciones:

        - Por ser autónomo.

        - Por tener una renta del trabajo por cuenta ajena.

        - Por tener una renta de capital mobiliario.

        - Por tener una renta inmobiliaria.

        - Por tener una renta por alquiler de bienes inmuebles.

        - Por tener una renta variable.

- Tener una situación de necesidad.

- No tener una renta superior al límite establecido.

- No estar incluido en ninguno de los supuestos de exclusión.

- No percibir otras prestaciones o ayudas que cubran la misma finalidad de la ayuda de los 45 años.

- Haber residido en España durante los últimos 5 años de forma ininterrumpida.

- No estar excluido del derecho a residir en España.

- No tener la nacionalidad española.

- Tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o de otro país con el que España haya suscrito un acuerdo internacional de libre circulación de trabajadores.

- Tener la condición de refugiado o beneficiario del estatuto de protección subsidiaria.

- No estar afectado por alguna de las causas de exclusión.

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