requisitos para cobrar el complemento de paternidad

Para cobrar el complemento de paternidad, el padre debe cotizar a la Seguridad Social durante un mínimo de 180 días en los cinco años anteriores al nacimiento o adopción del hijo. No obstante, si el padre cotiza por primera vez o reanuda sus cotizaciones después de una interrupción, el período mínimo de cotización será de 360 días en los diez años anteriores al nacimiento o adopción del hijo. Además, para tener derecho al complemento, el padre no debe estar cobrando otra prestación por maternidad o paternidad, ni tampoco el subsidio por desempleo.

Para poder cobrar el complemento de paternidad, el padre deberá solicitarlo a la Seguridad Social en el plazo de un mes desde el nacimiento del hijo. No obstante, si el nacimiento es prematuro, el plazo será de tres meses desde que el niño salga del hospital. Si el padre fallece antes de que el hijo cumpla un año de edad, el complemento será pagado a su viuda o viudo, a su pareja de hecho o a la persona que tenga derecho a la pensión por alimentos.

El importe del complemento de paternidad es de 45,07 euros diarios. No obstante, si el padre es autónomo, el importe será de 56,79 euros diarios. El complemento se cobrará durante un máximo de 16 semanas, siempre y cuando el padre cotice a la Seguridad Social.

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