Para solicitar la ciudadanía italiana por matrimonio, el cónyuge de nacionalidad extranjera debe:
1. Tener al menos 18 años de edad.
2. No tener antecedentes penales en Italia o en el país de origen.
3. Estar en posesión de un permiso de residencia de larga duración o de residencia permanente.
4. Vivir en Italia con el cónyuge italiano al momento de presentar la solicitud.
5. Demostrar que se ha establecido un vínculo matrimonial genuino con el ciudadano italiano, mediante la presentación de un certificado de matrimonio válido y una declaración de convivencia.
6. Demostrar un nivel adecuado de conocimiento de la lengua italiana, mediante la presentación de un certificado de nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
7. Aportar un certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades competentes de los países de origen, de residencia y de cualquier otro país en el que el solicitante haya vivido durante los últimos diez años.
8. No estar afectado por ninguna de las causas de exclusión previstas por la ley, tales como la condena por delitos contra la persona o el Estado, la trata de personas o el terrorismo.
9. Aportar una fotografía tamaño carnet.
El cónyuge extranjero de un ciudadano italiano puede solicitar la ciudadanía italiana después de tres años de matrimonio, si:
1. Vive en Italia.
2. No está afectado por ninguna de las causas de exclusión previstas por la ley, tales como la condena por delitos contra la persona o el Estado, la trata de personas o el terrorismo.
3. Demuestra un nivel adecuado de conocimiento de la lengua italiana, mediante la presentación de un certificado de nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
4. Aporta un certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades competentes de los países de origen, de residencia y de cualquier otro país en el que el solicitante haya vivido durante los últimos diez años.
5. Aporta una fotografía tamaño carnet.