Para casarse por lo civil en España, ambos cónyuges deben tener al menos 18 años de edad. No se requiere el consentimiento de los padres o tutores. Los ciudadanos españoles que deseen contraer matrimonio deben inscribirse en el Registro Civil de su lugar de residencia. Antes de la boda, deben presentar un certificado de nacimiento y, si han estado casados anteriormente, un certificado de matrimonio y, si procede, un certificado de divorcio o de defunción. Si no se pueden presentar estos documentos, debe presentarse una declaración jurada de que no se han contraído matrimonio anteriormente. Tanto los hombres como las mujeres solteras deben presentar un certificado de soltería. Si alguno de los cónyuges es viudo, debe presentar un certificado de defunción del cónyuge anterior. Si alguno de los cónyuges es divorciado, debe presentar una sentencia judicial firme de divorcio. Los cónyuges extranjeros deben presentar un certificado de estado civil y, si procede, un certificado de divorcio o de defunción. Asimismo, deben presentar una declaración jurada de que no se han casado anteriormente y un certificado de soltería. La documentación debe estar en español o ser traducida por un traductor juramentado. La boda civil debe celebrarse ante el Oficial del Registro Civil del lugar de residencia de alguno de los cónyuges. Se requiere la presencia de dos testigos, que deben ser mayores de edad y tener capacidad para testificar. Si alguno de los cónyuges no habla español, se requerirá la presencia de un intérprete. El matrimonio civil es válido en toda España. Los cónyuges pueden optar por contraer matrimonio religioso o civil, pero no ambos. Una vez que se haya celebrado el matrimonio, se emitirá un certificado de matrimonio, que deberá ser presentado a las autoridades competentes para que se actualicen los registros.