requisitos para casarse por lo civil con un extranjero en españa

Para casarse por lo civil en España con un ciudadano extranjero, deben reunirse los siguientes requisitos:

  • Que ambos contrayentes sean mayores de edad. Si uno de los dos es menor de edad, podrá contraer matrimonio siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral para la Infancia y la Adolescencia.

  • Que ambos contrayentes se encuentren en plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles.

  • Que no exista parentesco entre los contrayentes en primer grado de consanguinidad o afinidad, ni relación de parentesco por adopción en primer grado.

  • Que no exista impedimento matrimonial. Impedimento matrimonial es toda causa que, conforme a la ley, haga inválido el matrimonio.

En el caso de que uno de los contrayentes sea español, el matrimonio se celebrará en el Registro Civil correspondiente al lugar de residencia del español, aunque residan en el extranjero. Si ambos contrayentes son extranjeros, el matrimonio se celebrará en el Registro Civil del lugar donde vayan a residir.

Los documentos que se necesitan para casarse son los siguientes:

  • Pasaporte o documento de identidad en vigor.

  • Certificado de nacimiento.

  • Certificado de soltería, viudez o divorcio, en su caso.

  • Documentación acreditativa de que no existe impedimento matrimonial, en su caso.

  • Documentación sobre las capitulaciones matrimoniales, en su caso.

  • Documentación sobre la residencia en España, en su caso.

Los contrayentes extranjeros que no residan legalmente en España deberán, además, aportar el NIE (Número de Identificación de Extranjero).

En el caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, deberá aportar además la documentación que se indica a continuación:

  • Autorización parental, según lo establecido en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral para la Infancia y la Adolescencia.

  • Documentación acreditativa de la custodia, en su caso.

  • Documentación acreditativa de que el menor tiene capacidad de obrar, en su caso.

Una vez que se hayan reunido todos los documentos, se deberá solicitar cita previa en el Registro Civil correspondiente. La solicitud de cita previa se puede hacer por internet, por teléfono o personalmente.

En la solicitud de cita previa se deberá indicar:

  • Los datos de identificación de los contrayentes.

  • La documentación que se va a presentar.

  • El lugar de celebración del matrimonio.

  • El número de invitados que asistirán a la ceremonia.

Una vez que se haya solicitado la cita previa, se deberá presentar la documentación requerida en el Registro Civil correspondiente en la fecha y hora indicadas. La persona que realice la solicitud de cita previa deberá acudir personalmente a la oficina del Registro Civil.

La solicitud de cita previa se puede hacer por internet, por teléfono o personalmente.

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