Para contraer matrimonio por lo civil con un ciudadano extranjero en Colombia, se debe acreditar lo siguiente:
- Solicitud: Dirigida al Registrador Civil respectivo, la cual debe contener los datos generales de los contrayentes, así como la fecha y lugar de matrimonio.
- Documentos personales: Copias simples del pasaporte vigente o cédula de ciudadanía, para cada uno de los contrayentes. En el caso de los extranjeros, deberán adjuntar una visa de turista o de negocios que esté por vencer.
- Certificado de soltería: Emitido por el Registro Civil del país de origen de cada uno de los contrayentes, con fecha no mayor a tres meses de expedido, en el que se certifique que no se encuentra impedido para contraer matrimonio.
- Trámites de legalización: Los documentos extranjeros deberán ser legalizados por la Cancillería o por la Oficina de Registro de Actos de Ultramar, según corresponda.
- Traducción de documentos: Los documentos extranjeros deberán ser traducidos y certificados por un traductor público oficial.
Una vez cumplidos todos los requisitos, se deberá fijar una fecha para la celebración del matrimonio ante un notario, quien será el encargado de realizar el acto.