requisitos para casarse por lo civil con un extranjero

Para casarse por lo civil con un ciudadano extranjero en España, se requiere que ambos contrayentes reúnan los requisitos siguientes:

  • Estar en plena capacidad de ejercer sus derechos civiles.
  • No haber contraído matrimonio ni tener impedimento matrimonial.
  • No estar unidos por parentesco ni afinidad en primer grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
  • No haber celebrado anteriormente un matrimonio religioso o civil, aunque haya sido anulado, si no han transcurrido tres meses desde que se haya producido la declaración de nulidad.
  • Reunir los requisitos que señala la legislación vigente en cuanto a la capacidad económica y patrimonial.
  • Estar en posesión de la documentación personal y, si procede, de los permisos o autorizaciones necesarios para contraer matrimonio.

Los contrayentes que no sean españoles deberán aportar, además, la documentación que acredite su identidad y estado civil, así como la autorización, en su caso, de contraer matrimonio según la legislación de su país de origen.

En todo caso, los contrayentes extranjeros deberán acreditar su identidad y estado civil mediante la presentación de los documentos oficiales expedidos por las autoridades competentes de su país de origen o residencia, legalizados o, en su caso, visados por las autoridades diplomáticas o consulares españolas, según corresponda.

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