requisitos para casarse por lo civil cartagena

Para contraer matrimonio civil en Cartagena de Indias, deben comparecer los contrayentes y un testigo ante el Oficial del Registro Civil, ante Notario o Juez de Paz, quienes deberán estar en posesión de los siguientes documentos:

Para los solteros(as): Certificado de nacimiento actualizado, expedido por el Registro Civil de su lugar de nacimiento. Si el/la interesado(a) es mayor de edad (18 años), deberá presentar su cédula de ciudadanía. Si es menor de edad, deberá estar autorizado por sus padres o tutores, según corresponda.

Para los viudos(as): Certificado de matrimonio y de defunción del cónyuge, expedidos por el Registro Civil o Notaría de donde se celebró el matrimonio y el fallecimiento, respectivamente. Si el/la interesado(a) es mayor de edad (18 años), deberá presentar su cédula de ciudadanía. Si es menor de edad, deberá estar autorizado por sus padres o tutores, según corresponda.

Para los divorciados(as): Certificado de matrimonio y de divorcio, expedidos por el Registro Civil o Notaría de donde se celebró el matrimonio y el divorcio, respectivamente. Si el/la interesado(a) es mayor de edad (18 años), deberá presentar su cédula de ciudadanía. Si es menor de edad, deberá estar autorizado por sus padres o tutores, según corresponda.

Una vez se tenga toda la documentación en regla, se debe llenar un formulario en el que se solicita la celebración del matrimonio. Este formulario deberá ser entregado, junto con la documentación, al Oficial del Registro Civil, al Notario o al Juez de Paz, quienes evaluarán la solicitud y, de ser procedente, fijarán una fecha para la celebración del matrimonio.

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