requisitos para casarse por el juzgado

Para casarse por el juzgado, deben reunirse los siguientes requisitos:

  • Ambos contrayentes deben tener al menos 18 años de edad y no estar impedidos para contraer matrimonio.
  • Los contrayentes deben estar solteros, viudos o divorciados, según corresponda.
  • Los contrayentes deben estar presentes en el juzgado el día de la celebración del matrimonio.
  • Los contrayentes deben consentir libremente el matrimonio.
  • Los contrayentes deben comparecer ante el secretario del juzgado y manifestar su voluntad de contraer matrimonio.
  • Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos:
    • Documento de identidad (pasaporte vigente, cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad)
    • Registro civil de nacimiento
    • Acta de matrimonio si es viudo o divorciado
  • Los contrayentes deben abonar la tasa judicial correspondiente.

Para mayor información, consultar el Reglamento del Registro Civil.

Requisitos relacionados