requisitos para casarse por civil

Para contraer matrimonio por el régimen de separación de bienes en México, se requiere:

  • Que ambos contrayentes sean mexicanos por nacimiento o naturalización, o extranjeros con residencia permanente en el país. En este último caso, deberán acreditar su calidad de residentes mediante el permiso correspondiente expedido por las autoridades migratorias.
  • Que ambos sean mayores de edad, es decir, que tengan 18 años cumplidos. No obstante, podrán contraer matrimonio los menores de edad que cuenten con autorización judicial.
  • Que ambos contrayentes no se encuentren impedidos por ninguna causa para contraer matrimonio.
  • Que ambos contrayentes no sean parientes consanguíneos en línea recta o colateral, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
  • Que ambos contrayentes no estén casados ni unidos legalmente con otra persona.

Para contraer matrimonio, los contrayentes deberán estar en pleno uso de sus facultades mentales, es decir, que no se encuentren incapacitados para contraer matrimonio por razones de salud mental. Asimismo, deberán acreditar que no están bajo el efecto de ninguna sustancia que altere sus facultades mentales.

Para contraer matrimonio, los contrayentes deberán acreditar su identidad mediante alguno de los siguientes documentos:

  • Acta de nacimiento.
  • Cédula de identidad personal expedida por el Registro Nacional de las Personas.
  • Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral.
  • Pasaporte vigente.
  • Cédula profesional.
  • Carta de naturalización.
  • Permiso de residencia permanente expedido por las autoridades migratorias.

En el caso de los extranjeros no residentes en México, deberán exhibir, además de su identificación personal, una constancia de soltería expedida por las autoridades competentes de su país de origen o una declaración jurada de soltería ante el funcionario del Registro Civil que celebrará el matrimonio.

Los contrayentes deberán comparecer ante el funcionario del Registro Civil que celebrará el matrimonio, acompañados de dos testigos mayores de edad. Los testigos deberán acreditar su identidad mediante alguno de los documentos señalados anteriormente.

Requisitos relacionados