Para contraer matrimonio en la Embajada de España en Cuba, los ciudadanos españoles y los extranjeros que residan legalmente en el territorio cubano deberán cumplir los siguientes requisitos:
Solicitud de citación
La solicitud de citación para contraer matrimonio deberá ser realizada por los dos contrayentes mediante el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Embajada (https://cuba.emba.es).
Una vez recibida la solicitud, se depositará en la Oficina de Registro de Actos de Estado Civil de la Embajada, juntamente con la documentación requerida. Una vez examinada la documentación, se procederá a la cita previa para la celebración del matrimonio.
Documentación
La documentación que deberá aportar cada contrayente es la siguiente:
En el caso de menores de edad, deberán aportar, además, la documentación que acredite el consentimiento de los padres o tutores.
Acta de matrimonio
Una vez celebrado el matrimonio, se extenderá el acta correspondiente, que será inscrita en el Registro Civil de España y, en su caso, en el Registro Civil cubano.