Para casarse en el registro civil se requiere:
- Ser mayor de edad y contar con el consentimiento de sus padres, tutores o curadores, si fuere menor de edad.
- No estar casado ni unido civilmente.
- No estar emparentado dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Los ciudadanos extranjeros deberán además de cumplir con los requisitos anteriores, aportar:
- Certificado de soltería.
- Autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para contraer matrimonio.
Para la autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores se deberá:
- Ser mayor de edad.
- Contar con el consentimiento de sus padres, tutores o curadores, si fuere menor de edad.
- No estar casado ni unido civilmente.
- No estar emparentado dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
- Estar soltero o viudo.