Según el Código Civil, se puede contraer matrimonio en España con una persona extranjera sin necesidad de tramitar ningún tipo de documentación especial, siempre y cuando reúna los requisitos siguientes:
En el caso de que uno de los contrayentes sea menor de edad, se requerirá el consentimiento de sus padres o tutores para contraer matrimonio. Si ambos contrayentes son menores de edad, se requerirá el consentimiento de sus padres o tutores para contraer matrimonio.
En el caso de que uno de los contrayentes sea mayor de edad, se requerirá el consentimiento de su cónyuge para contraer matrimonio.