requisitos para casarme por lo civil

Para casarse por lo civil se requiere:

  • Ser mayor de edad (18 años).
  • No estar impedido para contraer matrimonio (soltero, viudo o divorciado).
  • Contar con el consentimiento de los padres, tutores o curadores, si la persona es menor de edad.
  • No estar casado, ni en unión libre, ni en convivencia con otra persona.
  • No estar sujeto a impedimento de parentesco o afinidad con la persona con quien se pretende contraer matrimonio.
  • No haber contraído matrimonio ni hallarse en unión libre, ni en convivencia, con otra persona con anterioridad a la sentencia definitiva de divorcio, o a la declaración de nulidad del matrimonio o a la muerte de su cónyuge.
  • Los contrayentes deben estar en plenitud de sus facultades mentales.
  • Los extranjeros deben acreditar su estadía legal en el país.
  • Los contrayentes deben manifestar libremente su consentimiento ante el funcionario del Registro Civil.

Los contrayentes deben comparecer ante el Oficial del Registro Civil de la localidad donde se celebrará el matrimonio con los documentos que acrediten su identidad y estado civil. En el caso de las personas menores de edad, deberán además presentar una certificación de nacimiento y, si procede, una autorización parental.

Una vez que se hayan presentado todos los documentos y se haya verificado que los contrayentes cumplen con los requisitos legales para contraer matrimonio, se les dará una fecha para la celebración de la boda civil.

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