Para tramitar el carnet de discapacidad se deben reunir los siguientes requisitos:
En el caso de las personas con discapacidad intelectual, se deberá aportar además un informe emitido por el órgano competente en materia de atención a la infancia y la adolescencia o, en su defecto, un dictamen de una entidad reconocida oficialmente.
En el caso de las personas con discapacidad psíquica, además del informe médico oficial, deberán aportar un dictamen de una entidad reconocida oficialmente.
Los documentos que sean expedidos en el extranjero deberán estar debidamente visados por las autoridades competentes.