requisitos para cambiar tarjeta comunitaria a regimen general

Los ciudadanos de la Unión Europea y de otros países con una tarjeta de residencia comunitaria pueden solicitar el cambio a una tarjeta de residencia del régimen general una vez que cumplan los requisitos establecidos en la legislación.

Los requisitos para el cambio de tarjeta comunitaria a régimen general son los siguientes:

  • Tener una tarjeta de residencia comunitaria válida.
  • Cumplir con los requisitos de entrada y permanencia en el territorio nacional.
  • No tener antecedentes penales en el país de origen ni en España.
  • Estar empadronado en el municipio de residencia.
  • Disponer de un seguro médico.
  • No tener deuda con la Seguridad Social.
  • No estar en situación de alta o de baja voluntaria en el Régimen General de la Seguridad Social.

Una vez que se cumplan todos los requisitos, el ciudadano deberá solicitar el cambio de tarjeta comunitaria al régimen general en el Oficina de Extranjería de su municipio de residencia. Para ello deberá presentar los siguientes documentos:

  • Solicitud del cambio de tarjeta.
  • Tarjeta de residencia comunitaria original y copia.
  • Pasaporte original y copia.
  • Documentación acreditativa de los requisitos exigidos.

La solicitud del cambio de tarjeta comunitaria al régimen general será tramitada en el Registro General de Extranjería de la Oficina de Extranjería competente. El ciudadano deberá recoger la nueva tarjeta de residencia en el plazo establecido por la Oficina de Extranjería.

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