Para cambiar de domicilio en el Registro de la Propiedad, se debe tramitar una certificación de cambio de domicilio. Para ello, se debe acreditar el cambio de domicilio mediante una certificación del propietario, en la que conste la dirección nueva a la que se va a empadronar el inmueble. No obstante, en el caso de que el propietario no pueda acreditar el cambio de domicilio mediante certificación, se deberá presentar una copia simple del contrato de arrendamiento o compraventa del inmueble, en el que conste la dirección nueva a la que se va a empadronar el inmueble. Asimismo, se deberá presentar una fotocopia del DNI del propietario o, en su caso, del representante legal. En el caso de que el inmueble esté hipotecado, se deberá presentar, además, la certificación de la entidad financiera, en la que conste el cambio de domicilio del inmueble. Todos los documentos deberán estar visados por el Registro de la Propiedad.
Una vez que se hayan presentado todos los documentos, se redactará la certificación de cambio de domicilio y se inscribirá en el Registro de la Propiedad. A partir de ese momento, el inmueble estará empadronado en la dirección nueva. Se deberá notificar el cambio de domicilio a la administración tributaria, a la compañía de suministros (luz, agua, gas, etc.) y a la compañía de seguros, si el inmueble está asegurado.