requisitos para boda civil tegucigalpa

Para contraer matrimonio civil en Tegucigalpa, se requiere lo siguiente:

Solicitud: Es necesario que llenes una solicitud, la cual debes entregar en la Oficina de Registro de Actos Civiles, ubicada en la Calle Morazán esquina con Calle San Juan Bosco, Colonia Centroamérica. Allí deberás presentar los siguientes documentos:

a) Certificado de nacimiento original o en su defecto una copia certificada ante notario.

b) Copia certificada ante notario del documento de identidad de los contrayentes, si no son hondureños deberán presentar pasaporte vigente.

c) Certificado de soltería original o en su defecto una copia certificada ante notario, si alguno de los contrayentes ha contraído matrimonio y ha sido divorciado, deberá presentar además una copia certificada ante notario del acta de divorcio o sentencia ejecutoriada.

d) Dos testigos mayores de edad, ciudadanos hondureños o extranjeros con residencia permanente en el país, que deberán presentar documentos de identidad.

e) Gestoría de Matrimonio: Es obligación de la pareja contratar los servicios de un gestor de matrimonio, quien se encargará de tramitar todos los documentos necesarios para la realización de la ceremonia nupcial. Los gestores de matrimonio cuentan con todos los permisos y autorizaciones necesarios para poder gestionar los documentos en todas las instituciones públicas y privadas. Además, se encargarán de coordinar todos los servicios necesarios para la realización de la boda civil.

f) Consejería Prematrimonial: Es obligación de la pareja someterse a una sesión de consejería matrimonial, la cual tiene una duración de seis (6) horas. Esta sesión se realizará en la Oficina de Registro de Actos Civiles.

g) Reservación de Fecha: Una vez que se cuenta con todos los documentos necesarios, se deberá reservar una fecha para la realización de la boda civil, para lo cual deberá llenar un formulario en la Oficina de Registro de Actos Civiles. El costo de la reservación de fecha es de dos mil lempiras (L.2,000.00).

h) Autorización parental: Si alguno de los contrayentes tiene menos de dieciocho (18) años de edad, deberá contar con la autorización de sus padres o tutores.

i) Licencia de matrimonio: Una vez que se cuenta con todos los documentos necesarios y se ha reservado la fecha para la realización de la ceremonia nupcial, se deberá solicitar la licencia de matrimonio en la Oficina de Registro de Actos Civiles, con una anticipación no mayor a tres (3) días hábiles a la fecha en que se realizará la boda civil.

j) Ceremonia nupcial: La boda civil deberá ser presidida por un Oficial del Registro Civil, quien se encargará de realizar la celebración del matrimonio. La ceremonia nupcial deberá ser realizada en el lugar indicado en el formulario de reservación de fecha. Si la pareja desea que la ceremonia nupcial sea realizada en otro lugar, deberá solicitar un permiso especial a la Oficina de Registro de Actos Civiles, con una anticipación no menor a cinco (5) días hábiles a la fecha en que se realizará la boda civil.

k) Acta de matrimonio: Una vez que se ha realizado la boda civil, se procederá a la expedición del acta de matrimonio, la cual será entregada a los contrayentes en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles.

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