Para contraer matrimonio civil en Poza Rica de Hidalgo, México, se deben cumplir una serie de requisitos:
- Ambos contrayentes deben tener al menos 18 años de edad.
- Los contrayentes no deben estar casados ni unidos legalmente.
- No deben existir impedimentos para contraer matrimonio.
- Los contrayentes deben estar en pleno uso de sus derechos civiles y políticos.
- Los contrayentes deben acreditar su identidad con algún documento oficial con fotografía, como una credencial para votar, pasaporte o cédula profesional.
- Los contrayentes deben presentar un acta de nacimiento original y copia simple.
- Si los contrayentes se han casado antes, deben presentar la copia certificada del acta de divorcio, sentencia de anulación o certificado de defunción del cónyuge, según corresponda.
- Si los contrayentes son menores de edad, deben autorizar el matrimonio sus padres o tutores.
- Los contrayentes deben designar a dos testigos que acrediten su identidad con algún documento oficial con fotografía, como una credencial para votar, pasaporte o cédula profesional.
- Los contrayentes deben tramitar el permiso de matrimonio en la Oficina del Registro Civil correspondiente a su domicilio.
- Los contrayentes deben asistir a una ceremonia religiosa o civil.
La documentación necesaria para tramitar el permiso de matrimonio en la Oficina del Registro Civil correspondiente a su domicilio, es la siguiente:
- Formato Único de Solicitud del Registro Civil.
- Acta de nacimiento original y copia simple de cada uno de los contrayentes.
- Copia certificada del acta de divorcio, sentencia de anulación o certificado de defunción del cónyuge, según corresponda.
- Credencial para votar, pasaporte o cédula profesional de cada uno de los contrayentes y de los testigos.
- Documento que acredite la identidad y domicilio de los testigos.
- Autorización para contraer matrimonio de los padres o tutores, en el caso de que los contrayentes sean menores de edad.
- Constancia de tramite del permiso de matrimonio.
Una vez que se hayan cumplido todos los requisitos y se tenga toda la documentación necesaria, los contrayentes deberán asistir a una ceremonia religiosa o civil. En la ceremonia, los contrayentes deberán pronunciar el “acto matrimonial” ante un “ministerio público” y dos testigos. Después de pronunciar el “acto matrimonial”, se otorgará un “certificado de matrimonio” a los contrayentes, que será la prueba legal de que han contraído matrimonio.