Para contraer matrimonio civil en Guatemala, se requiere que los contrayentes cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de edad. Los contrayentes deben tener un mínimo de 18 años de edad. Si alguno de los contrayentes es menor de 18 años, deberá obtener el consentimiento de sus padres o tutores.
- Estar libres para contraer matrimonio. Esto significa que los contrayentes no estén casados ni comprometidos legalmente para contraer matrimonio con otra persona.
- Estar en pleno uso de sus facultades mentales. Los contrayentes deben estar cuerdos para contraer matrimonio. Si alguno de los contrayentes está incapacitado mentalmente, deberá obtener el consentimiento de su representante legal.
- No estar prohibido por ley para contraer matrimonio. Por ejemplo, los parientes en línea recta (padres e hijos) y los hermanos no pueden contraer matrimonio entre sí.
Una vez que los contrayentes cumplen con los requisitos anteriores, deberán presentar los siguientes documentos ante el Oficial del Registro Civil:
- Acta de nacimiento original de cada contrayente.
- Identificación oficial con fotografía de cada contrayente.
- Si alguno de los contrayentes es menor de 18 años, deberá presentar una autorización firmada por sus padres o tutores.
- Si alguno de los contrayentes está incapacitado mentalmente, deberá presentar una autorización firmada por su representante legal.
- Si alguno de los contrayentes ha estado casado anteriormente, deberá presentar un certificado de matrimonio y, si corresponde, un certificado de divorcio o de defunción del cónyuge anterior.
- Si los contrayentes desean cambiar sus apellidos, deberán presentar una solicitud por escrito ante el Oficial del Registro Civil.
El matrimonio civil en Guatemala es válido tanto para los ciudadanos guatemaltecos como para los extranjeros. Sin embargo, los extranjeros deben presentar un certificado de soltería o, en su caso, un certificado de divorcio o de defunción del cónyuge anterior, traducido y legalizado por un notario público.