Para constituirse como asociación civil se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Nombre: deberá incluir la expresión "Asociación Civil" y deberá ser único.
- Objetivos: deberán ser lícitos, no lucrativos y no estar prohibidos por la ley.
- Domicilio: deberá estar ubicado en el territorio nacional.
- Duración: podrá ser por tiempo determinado o indefinido.
- Patrimonio: deberá ser mínimo de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.).
- Integrantes: deberán ser mínimo 2 (dos) y máximo 35 (treinta y cinco).
Una Asociación Civil se podrá constituir mediante Escritura Pública o Acta Constitutiva. En ambos casos, deberá hacerse ante un Notario Público y se deberá registrar en el Registro Público de Comercio.