requisitos para arraigo social

Para poder acogerse al permiso de residencia por arraigo social, el interesado deberá reunir los siguientes requisitos:

  • ser mayor de edad,
  • no tener antecedentes penales ni estar pendiente de juicio penal por un delito doloso,
  • contar con un certificado de penales expedido por las autoridades competentes del país de origen o residencia habitual, si procede, que acredite que no se le imputan hechos que pudieran ser constitutivos de delito doloso en España,
  • no tener antecedentes por infracciones graves o muy graves en materia de regulación de la entrada y permanencia de extranjeros en España, de circulación por las vías públicas o estancia ilegal en territorio nacional,
  • no estar en situación administrativa irregular en España,
  • no haber sido expulsado del territorio nacional con prohibición de vuelta por un plazo superior a cinco años,
  • no haber sido objeto de orden de alejamiento del territorio nacional,
  • no estar afectado por ninguna de las prohibiciones para el ejercicio de derechos fundamentales o libertades públicas recogidas en la Constitución Española.

Asimismo, deberá acreditar que dispone de medios de vida suficientes para el mantenimiento y alojamiento, así como para el de su familia, en su caso, durante todo el periodo de vigencia del permiso. A tales efectos, deberá presentar una declaración responsable en la que se compromete a no realizar actividades que puedan suponer una carga para la asistencia sanitaria pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Para ello, deberá acreditar que dispone de un seguro privado de asistencia sanitaria que cubra, como mínimo, las prestaciones correspondientes a la asistencia sanitaria pública.

En todo caso, el requisito relativo a los medios de vida suficientes no será exigible si el interesado pertenece a alguna de las siguientes categorías:

  • viudedad,
  • discapacidad igual o superior al 65%,
  • mayor de 65 años,
  • menor de edad emancipada o mayor de edad que, aun no emancipada, se halle en situación de dependencia económica respecto de sus padres o tutores,
  • embarazo,
  • matrimonio,
  • adopción,
  • pareja de hecho,
  • menor de edad a cargo y, en general, cuando concurran circunstancias especiales que hagan imposible el mantenimiento del interesado y su familia.

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