Para adoptar un niño en Ecuador, se requiere que el adoptante sea ecuatoriano o residente permanente con más de 25 años de edad. También se requiere que el adoptante tenga una relación sentimental y/o matrimonial con el niño que desea adoptar. El niño que se adopta debe tener menos de 18 años de edad y debe estar bajo la tutela del estado. Además, el niño debe estar en un hogar de acogida o en un orfanato.
Los adoptantes también deben presentar una solicitud de adopción ante el Juez de la Niñez y de la Adolescencia. En la solicitud, se debe especificar el nombre, edad, lugar de residencia y otra información relevante del niño. También se debe adjuntar una copia del acta de nacimiento del niño.
Una vez que se presenta la solicitud, el Juez de la Niñez y de la Adolescencia designará a un abogado de oficio para representar al niño. El abogado de oficio investigará el hogar del adoptante y entrevistará al niño para asegurarse de que la adopción es en el mejor interés del niño.
Si el Juez de la Niñez y de la Adolescencia aprueba la adopción, se emitirá una resolución y se notificará a las partes. La resolución será ejecutoriada y se registrará en el Registro Civil.