La adopción en Chile se rige por la Ley Nº 19.094, de adopción nacional e internacional, y su Reglamento. Según esta ley, la adopción es un acto de solidaridad con el niño, niña o adolescente, consistente en la incorporación de este al hogar del adoptante, otorgándole el derecho a ser tratado como hijo/a en todos los aspectos.
Para adoptar en Chile, el postulante debe:
Los postulantes que no cumplan con todos estos requisitos no podrán adoptar. En el caso de las parejas, al menos uno de los dos debe cumplir con todos los requisitos.
Para iniciar el proceso de adopción, el postulante deberá presentar una solicitud ante el Servicio Nacional de Menores (SENAME), acompañada de la documentación requerida.
Una vez que la solicitud es aceptada, se inicia un proceso de evaluación psicosocial, que tiene como objetivo determinar si el postulante está apto para adoptar. Este proceso consta de entrevistas y pruebas psicológicas, y puede durar entre seis y nueve meses.
Una vez que el postulante es aprobado, se le asigna un niño, niña o adolescente para que lo adopte. En este caso, el postulante deberá presentar una solicitud de adopción ante el tribunal de familia correspondiente. Si el tribunal aprueba la adopción, se dictará una sentencia de adopción, que será inscrita en el Registro Civil.
Por último, el postulante deberá presentar una solicitud de cambio de apellido ante el tribunal de familia, para que el niño, niña o adolescente adopte el apellido del adoptante.