En España, los trabajadores pueden acceder a la jubilación anticipada de forma voluntaria una vez cumplan los requisitos mínimos establecidos por ley: tener al menos 63 años de edad y haber cotizado un mínimo de 35 años (aunque a partir del 1 de enero de 2019 se establece una edad mínima de 65 años).
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada es de 65 años, y deben haber cotizado al menos 35 años (aunque a partir del 1 de enero de 2019 se establece una edad mínima de 67 años).
Los trabajadores que accedan a la jubilación anticipada deberán estar inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social, y deberán haber cotizado, al menos, los últimos 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha en que se haga efectiva la jubilación.
Para los trabajadores por cuenta ajena, la jubilación anticipada será a los 65 años de edad, con un mínimo de 37 años cotizados. No obstante, a partir del 1 de enero de 2019, la edad mínima será de 67 años.
Por su parte, los trabajadores por cuenta propia también podrán acceder a la jubilación anticipada a los 67 años de edad, con un mínimo de 35 años cotizados.