Para abrir una casa rural en Extremadura se deben cumplir una serie de requisitos que están regulados por la ley 4/2012, de 4 de julio, de Turismo de Extremadura. En concreto, según el artículo 16.2.b) de dicha ley, para poder obtener la licencia de apertura de una casa rural es necesario que el inmueble se encuentre en un término municipal con una población inferior a 2.000 habitantes, y que además reúna las siguientes características:
Asimismo, según el artículo 16.3 de la ley, el inmueble debe estar situado en una zona no urbanizable, y debe reunir las siguientes características:
Por último, según el artículo 16.4 de la ley, el solicitante de la licencia de apertura deberá acreditar que dispone de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que puedan ser causados por él o por sus empleados a los clientes de la casa rural.