requisitos para abrir una botica

Para abrir una botica es necesario tener una licencia de funcionamiento y un permiso sanitario. La licencia de funcionamiento se tramita en la Dirección General de Comercio de la Secretaría de Economía (SE), y el permiso sanitario, en la Dirección General de Salud de la Secretaría de Salud (SSA).

Ambos trámites se realizan simultáneamente, aunque el tiempo de tramitación varía según el estado en el que se vaya a abrir la botica. En la Ciudad de México, por ejemplo, el tiempo de tramitación de la licencia de funcionamiento es de 15 días hábiles a partir de la fecha en que se reciben todos los documentos requeridos, mientras que el permiso sanitario se otorga en un plazo máximo de 45 días hábiles.

Para tramitar la licencia de funcionamiento es necesario presentar los siguientes documentos:

  • Formato único de solicitud de licencia de funcionamiento, disponible en la SE.
  • Copia del acta constitutiva y los estatutos sociales vigentes, en su caso.
  • Copia del comprobante domiciliario actual del inmueble en el que se va a establecer la botica.
  • Constancia de solvencia moral expedida por la Secretaría de la Función Pública (SFP), en su caso.
  • Identificación oficial vigente del representante legal de la empresa, así como de los socios, conocidos como titulares del establecimiento.
  • Cédula profesional del farmacéutico titular.
  • Currículum vitae del farmacéutico titular.
  • Constancia de acreditación del farmacéutico titular, expedida por el Colegio de Farmacéuticos correspondiente.
  • Copia del contrato de prestación de servicios con el farmacéutico responsable.
  • Copia del contrato de arrendamiento o compraventa del inmueble, en su caso.
  • Pago del impuesto estatal de comercio exterior e interior (IEECI), en su caso.

Por su parte, para tramitar el permiso sanitario es necesario presentar los siguientes documentos:

  • Formato único de solicitud de permiso sanitario, disponible en la SSA.
  • Copia del acta constitutiva y los estatutos sociales vigentes, en su caso.
  • Copia del comprobante domiciliario actual del inmueble en el que se va a establecer la botica.
  • Constancia de solvencia moral expedida por la Secretaría de la Función Pública (SFP), en su caso.
  • Identificación oficial vigente del representante legal de la empresa, así como de los socios, conocidos como titulares del establecimiento.
  • Cédula profesional del farmacéutico titular.
  • Currículum vitae del farmacéutico titular.
  • Constancia de acreditación del farmacéutico titular, expedida por el Colegio de Farmacéuticos correspondiente.
  • Copia del contrato de prestación de servicios con el farmacéutico responsable.
  • Copia del contrato de arrendamiento o compraventa del inmueble, en su caso.
  • Pago del impuesto estatal de comercio exterior e interior (IEECI), en su caso.

Una vez que se hayan obtenido la licencia de funcionamiento y el permiso sanitario, se deberá solicitar la inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC) ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), así como registrar la marca ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).

La instalación de la botica debe cumplir con ciertos requisitos mínimos de seguridad, salubridad y accesibilidad:

  • El local debe estar ubicado en una zona residencial o comercial.
  • El local debe estar debidamente acondicionado para el almacenamiento, manipulación y exhibición de medicamentos.
  • El local debe contar con ventilación natural o artificial, así como iluminación natural o artificial adecuadas.
  • El local debe estar limpio y desinfectado.
  • El local debe estar equipado con muebles y enseres adecuados para el almacenamiento, manipulación y exhibición de medicamentos.
  • El local debe contar con instalaciones sanitarias adecuadas y en buen estado de conservación.
  • El local debe contar con un espacio destinado a la consulta médica.
  • El local debe contar con un espacio destinado al depósito de medicamentos.
  • El local debe contar con un espacio destinado a la expedición de medicamentos.
  • El local debe contar con un espacio destinado a la recepción de clientes.

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