requisitos par la nacionalidad española

Para optar a la nacionalidad española por opción, los requisitos son los siguientes:

  • Tener 18 años de edad o más.
  • Residir legalmente en España durante al menos cinco años.
  • No haber sido condenado a pena privativa de libertad superior a un año.
  • No padecer enfermedad mental o física que impida el ejercicio de la función pública.
  • Estar al corriente de los impuestos y tener una situación fiscal regular.
  • No haber sido separado del servicio militar por una causa relacionada con la disciplina militar.
  • No haber sido objeto de sanción por delitos cometidos en el ejercicio de su profesión u oficio.
  • No estar sometido a procedimiento penal ni en vía de extradición.
  • Aprobar el examen de conocimiento de la Constitución española, de derechos y deberes del ciudadano español y de la historia de España.
  • No haber sido expulsado de España por resolución firme.
  • No haber sido condenado por un delito doloso a pena privativa de libertad superior a dos años o, en su caso, a pena superior a cuatro años si la condena es firme.

En el caso de los menores de edad, los requisitos son los siguientes:

  • Tener 16 años de edad o más.
  • Residir legalmente en España durante al menos cinco años.
  • No padecer enfermedad mental o física que impida el ejercicio de la función pública.
  • Estar al corriente de los impuestos y tener una situación fiscal regular.
  • No haber sido separado del servicio militar por una causa relacionada con la disciplina militar.
  • No haber sido objeto de sanción por delitos cometidos en el ejercicio de su profesión u oficio.
  • No estar sometido a procedimiento penal ni en vía de extradición.
  • Aprobar el examen de conocimiento de la Constitución española, de derechos y deberes del ciudadano español y de la historia de España.
  • No haber sido expulsado de España por resolución firme.
  • No haber sido condenado por un delito doloso a pena privativa de libertad superior a dos años o, en su caso, a pena superior a cuatro años si la condena es firme.

Para optar a la nacionalidad española por residencia, los requisitos son los siguientes:

  • Tener 18 años de edad o más.
  • Residir legalmente en España durante al menos diez años.
  • No haber sido condenado a pena privativa de libertad superior a un año.
  • No padecer enfermedad mental o física que impida el ejercicio de la función pública.
  • Estar al corriente de los impuestos y tener una situación fiscal regular.
  • No haber sido separado del servicio militar por una causa relacionada con la disciplina militar.
  • No haber sido objeto de sanción por delitos cometidos en el ejercicio de su profesión u oficio.
  • No estar sometido a procedimiento penal ni en vía de extradición.
  • Aprobar el examen de conocimiento de la Constitución española, de derechos y deberes del ciudadano español y de la historia de España.
  • No haber sido expulsado de España por resolución firme.
  • No haber sido condenado por un delito doloso a pena privativa de libertad superior a dos años o, en su caso, a pena superior a cuatro años si la condena es firme.

Para optar a la nacionalidad española por matrimonio, los requisitos son los siguientes:

  • Tener 18 años de edad o más.
  • Estar casado con un ciudadano español.
  • Residir legalmente en España durante al menos dos años.
  • No haber sido condenado a pena privativa de libertad superior a un año.
  • No padecer enfermedad mental o física que impida el ejercicio de la función pública.
  • Estar al corriente de los impuestos y tener una situación fiscal regular.
  • No haber sido separado del servicio militar por una causa relacionada con la disciplina militar.
  • No haber sido objeto de sanción por delitos cometidos en el ejercicio de su profesión u oficio.
  • No estar sometido a procedimiento penal ni en vía de extradición.
  • Aprobar el examen de conocimiento de la Constitución española, de derechos y deberes del ciudadano español y de la historia de España.
  • No haber sido expulsado de España por resolución firme.
  • No haber sido condenado por un delito doloso a pena privativa de libertad superior a dos años o, en su caso, a pena superior a cuatro años si la condena es firme.

Para optar a la nacionalidad española por naturalización, los requisitos son los siguientes:

  • Tener 18 años de edad o más.
  • Residir legalmente en España durante al menos diez años.
  • No haber sido condenado a pena privativa de libertad superior a un año.
  • No padecer enfermedad mental o física que impida el ejercicio de la función pública.
  • Estar al corriente de los impuestos y tener una situación fiscal regular.
  • No haber sido separado del servicio militar por una causa relacionada con la disciplina militar.
  • No haber sido objeto de sanción por delitos cometidos en el ejercicio de su profesión u oficio.
  • No estar sometido a procedimiento penal ni en vía de extradición.
  • Aprobar el examen de conocimiento de la Constitución española, de derechos y deberes del ciudadano español y de la historia de España.
  • No haber sido expulsado de España por resolución firme.
  • No haber sido condenado por un delito doloso a pena privativa de libertad superior a dos años o, en su caso, a pena superior a cuatro años si la condena es firme.

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