requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital

Para percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se deben cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, hay que residir en España de forma continuada e ininterrumpida durante los cinco años anteriores a la solicitud. No obstante, se exceptúan aquellas personas que residan en España de forma continuada e ininterrumpida durante dos años y cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • Tener una situación de incapacidad permanente reconocida por la Seguridad Social.
  • Ser mayor de 65 años.
  • Ser víctimas de violencia de género.
  • Ser menor de 25 años y no percibir otra prestación por desempleo.
  • Estar en situación de dependencia reconocida.

Asimismo, para optar al IMV no se podrá tener otros ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). No obstante, se exceptúan los siguientes:

  • Rentas vitalicias.
  • Pensión por invalidez.
  • Prestaciones por cese de actividad.
  • Subsidios por maternidad o paternidad.
  • Prestaciones contributivas en especie (por ejemplo, las prestaciones en especie de la Seguridad Social).

Por último, para percibir el IMV también se deberá tener en cuenta el tamaño de la unidad de convivencia. Así, en el caso de personas solteras, el importe del IMV será de 426,52 euros mensuales. En cambio, en el caso de unidades de convivencia de dos personas, el importe será de 640,86 euros, y así sucesivamente hasta un máximo de 854,20 euros para unidades de convivencia de cinco o más personas.

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