requisitos nacionalidad española por residencia comunitaria

Para adquirir la nacionalidad española por residencia comunitaria se requiere, en general, que el interesado cumpla los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad.
  • Residir legalmente en España durante cinco años consecutivos.
  • No tener antecedentes penales en España o en el país de origen.
  • Estar empadronado en el municipio español en el que se solicita la nacionalidad.
  • Tener su centro de trabajo o de estudios en España.
  • No tener deudas pendientes de pago con las administraciones públicas españolas.
  • Saber el idioma español suficientemente.
  • Aprobar un examen de conocimientos constitucionales y de historia de España.
  • Estar al corriente de los deberes y obligaciones que impone la Constitución española y el resto del ordenamiento jurídico.

Además, según el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 21 de junio, de nacionalidad española, «Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea que residan legalmente en España y acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social podrán optar a la nacionalidad española por residencia tras un mínimo de cinco años de residencia ininterrumpida, salvo que acrediten una residencia mínima de dos años si contraen matrimonio con un español o si son hijos menores de edad de padres españoles, tres años si son mayores de edad y cuatro si son menores de edad y carecen de padres españoles».

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