La nacionalidad española por descendencia se puede obtener siguiendo uno de estos caminos:
- Tener ascendencia española. Es decir, que uno de tus progenitores sea español. Para ello, deberás aportar el certificado de nacimiento o el libro de familia en el que figure como español el antepasado directo. Si no dispones de estos documentos, deberás acreditar tu ascendencia a través de un certificado de empadronamiento (puedes solicitarlo en el Ayuntamiento donde residas), un acta de matrimonio o un certificado de defunción en los que figure el nombre y apellidos del progenitor español, así como su fecha y lugar de nacimiento. Si el ascendiente español nació en el extranjero, deberás aportar, además, su certificado de nacionalidad o, en su defecto, un certificado de inscripción en el Registro Civil en el que figure su nacionalidad española.
- Ser hijo o hija de madre española. Se considera hijo o hija de madre española a aquella persona cuyo vínculo de filiación se ha establecido a través de la admisión a tráfico (matrimonio, separación, divorcio, nulidad, etc.), la adopción o la declaración judicial de filiación. Para acreditarlo, deberás presentar el certificado de nacimiento o el libro de familia, en el que figure como española la madre. Si no dispones de estos documentos, deberás aportar un certificado de empadronamiento (puedes solicitarlo en el Ayuntamiento donde residas), un acta de matrimonio o un certificado de defunción en los que figure el nombre y apellidos de la madre española, así como su fecha y lugar de nacimiento. Si la madre española nació en el extranjero, deberás aportar, además, su certificado de nacionalidad o, en su defecto, un certificado de inscripción en el Registro Civil en el que figure su nacionalidad española.
- Haber nacido en España. Se considera que naces en España si al menos uno de tus progenitores está inscrito en el Registro Civil español en el momento de tu nacimiento. Para acreditarlo, deberás presentar el certificado de nacimiento en el que figuren tus datos y los de tus progenitores, así como el certificado de inscripción en el Registro Civil de tus progenitores. Si tus progenitores no estaban inscritos en el Registro Civil español en el momento de tu nacimiento, deberás justificar que tenían la nacionalidad española a través de su certificado de nacionalidad o, en su defecto, de un certificado de inscripción en el Registro Civil en el que figure su nacionalidad española. Si alguno de tus progenitores nació en el extranjero, deberás aportar, además, su certificado de nacimiento o, en su defecto, un certificado de inscripción en el Registro Civil en el que figure su nacionalidad española.
- Haber residido en España durante un periodo determinado. Se considera que has residido en España si has estado inscrito en el Registro Civil español durante al menos dos años, o si has residido de forma ininterrumpida en España durante al menos un año, con permiso de residencia o con tarjeta de residencia de larga duración, si procede. Para acreditarlo, deberás presentar el certificado de inscripción en el Registro Civil en el que figure tu fecha de inscripción y tu fecha de salida, en su caso. Si no dispones de este documento, deberás solicitarlo a través del Registro Civil. También deberás aportar tu certificado de nacimiento o el libro de familia, así como un documento oficial en el que figure tu nombre y apellidos, tu fecha y lugar de nacimiento, tu nacionalidad y tu fotografía (pasaporte, DNI, permiso de conducción, etc.). Si no dispones de este documento, deberás solicitarlo a través de los servicios de extranjería.
En cualquier caso, es obligatorio que tramites tu solicitud a través de la Oficina Virtual del Ministerio de Justicia. Para ello, deberás crear un usuario y seguir los pasos indicados. Si necesitas ayuda, puedes ponerte en contacto con el Ministerio de Justicia o acudir a la Oficina de Atención al Ciudadano más cercana a tu domicilio.