Para contraer matrimonio en Madrid se requiere solicitar cita previa en el Registro Civil de turno o en el de cualquier otro municipio de la Comunidad de Madrid. Una vez obtenida la cita, es necesario acudir acompañado de un testigo que tenga capacidad para contraer matrimonio, es decir, que sea mayor de edad y que no esté impedido para ello.
En la solicitud de cita, se deberá indicar el tipo de matrimonio que se pretende contraer: civil, religioso o eclesiástico. En cualquier caso, el matrimonio civil es el que produce efectos jurídicos, y se celebra en el Registro Civil. El matrimonio religioso o eclesiástico es, por tanto, un acto simbólico.
Para contraer matrimonio civil en Madrid, es necesario cumplir unos requisitos:
En el caso de los extranjeros, además de los requisitos anteriores, también se deberá aportar:
Todos los documentos deberán estar traducidos y legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores o por la embajada o consulado del país correspondiente.
En el caso de menores de edad, además de los requisitos anteriores, deberán contar con el consentimiento de los padres o tutores.