requisitos jubilacion 65 años

La jubilación es un derecho adquirido por el trabajador una vez que cumple la edad y los años de cotización requeridos. En el Régimen General de la Seguridad Social, la edad para jubilarse es de 65 años para los hombres y de 60 años para las mujeres. No obstante, en algunos casos es posible jubilarse con menos años de cotización si se cumplen unos requisitos específicos.

Para jubilarse por edad en el Régimen General de la Seguridad Social, el trabajador debe cumplir 65 años de edad (60 años si es mujer) y, al menos, 15 años de cotización. No obstante, en función de la fecha de nacimiento, la edad para jubilarse puede ser superior. Por ejemplo, si naciste en 1952 o posteriormente, la edad para jubilarse es de 67 años.

En el caso de los trabajadores autónomos, la edad para jubilarse es de 65 años (60 años si es mujer) y, al menos, 25 años de cotización. No obstante, en función de la fecha de nacimiento, la edad para jubilarse puede ser superior. Por ejemplo, si naciste en 1952 o posteriormente, la edad para jubilarse es de 67 años.

Existen una serie de excepciones en las que es posible jubilarse con menos de 65 años de edad y/o 15 años de cotización. En concreto, estas excepciones son las siguientes:

  • Trabajadores en situación de desempleo de larga duración: pueden jubilarse con 60 años de edad (55 años si es mujer) y, al menos, 20 años de cotización.
  • Trabajadores discapacitados: pueden jubilarse con 60 años de edad (55 años si es mujer) y, al menos, 20 años de cotización.
  • Trabajadores invalidos: pueden jubilarse con 60 años de edad (55 años si es mujer) y, al menos, 20 años de cotización.
  • Trabajadores pensionistas: pueden jubilarse con 65 años de edad (60 años si es mujer) y, al menos, 20 años de cotización.

Por último, cabe destacar que, a partir de los 65 años de edad, el trabajador tiene derecho a jubilarse de forma anticipada, es decir, con menos de 15 años de cotización. En concreto, el trabajador puede jubilarse anticipadamente si cotiza durante, al menos, 12 años y cumpliendo una serie de requisitos específicos (por ejemplo, no estar cobrando otra pensión por jubilación, invalidez o sobrevivencia, entre otros).

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