Desde el pasado 1 de julio de 2013, y tras la última reforma del IVA aprobada en el BOE, se establecen nuevas condiciones para que los autónomos puedan beneficiarse del IVA reducido en sus facturas. Esta rebaja del IVA supone un ahorro para el autónomo, que podrá aplicar el tipo del 4% en vez del 21% en determinados productos y servicios.
Para poder aplicar el IVA reducido, el autónomo deberá cumplir una serie de requisitos:
Una vez cumplidos estos requisitos, el autónomo podrá aplicar el IVA reducido en sus facturas, pero deberá hacer constar el número de identificación fiscal del destinatario de la operación y la referencia «IVA reducido del 4%».