Para que una persona física o moral pueda ser considerada como un sujeto pasivo en materia de inversión, deben cumplirse ciertos requisitos, según lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Así, para ser considerado un sujeto pasivo, se debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
Asimismo, se considerarán como sujetos pasivos los contribuyentes que se deriven de una fusión, escisión o transformación de otro sujeto pasivo, siempre y cuando éste haya mantenido su personalidad jurídica.
Por otro lado, cabe mencionar que existen ciertas actividades exentas del pago del impuesto, por lo que no se considerarán como sujetos pasivos aquellas personas que sólo realicen estas actividades. Se consideran como actividades exentas, entre otras: