Para poder acreditar el arraigo social en el país, el interesado deberá solicitar un informe pericial de la Policía Nacional, dirigido a la Dirección General de Migraciones, en el que se especifiquen los años de residencia en el territorio nacional, así como otros requisitos informe arraigo social que se detallan a continuación.
La documentación que se deberá aportar junto con el informe de arraigo social será la siguiente:
- Fotocopia del DNI o del pasaporte en vigor.
- Fotocopia del permiso de residencia o del NIE en vigor.
- Fotocopia de la certificación literal de nacimiento.
- Fotocopia de los documentos acreditativos de la inscripción en el Registro Civil de las personas menores de edad a tu cargo.
- Fotocopia de los documentos acreditativos de la inscripción en el Registro Civil de las personas mayores de edad a tu cargo que no sean ciudadanos españoles y carezcan de documentación que acredite su situación administrativa.
- Fotocopia de los documentos que acrediten la unión civil o matrimonio y, en su caso, los documentos que acrediten la separación o divorcio.
- Fotocopia de los documentos que acrediten la existencia de parentesco consanguíneo o afín con ciudadanos españoles o extranjeros con residencia legal en España.
Asimismo, deberás aportar fotocopias simples de los documentos acreditativos de tu situación laboral, económica y social, como por ejemplo:
- Contrato de trabajo.
- Nóminas.
- Pagares.
- Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
- Certificados de empadronamiento.
- Recibos de suministros (agua, luz, gas, teléfono fijo o móvil).
- Declaraciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Títulos académicos.
- Membresías de entidades deportivas, sociales, culturales, etc.
En el informe pericial de arraigo social se valorarán aspectos como la antigüedad de la residencia, el número de años de residencia, los vínculos personales y familiares en el territorio nacional, la situación laboral y económica, el conocimiento del idioma español, etc.