Los requisitos para la inclusión en el fichero de morosos son los siguientes:
- Deberá figurar el nombre del fichero en el que conste la deuda pendiente de pago.
- La deuda pendiente de pago deberá ser de un importe igual o superior a 600 euros.
- La deuda deberá estar vencida en el momento de la solicitud de inclusión.
- La solicitud de inclusión deberá estar dirigida al fichero y el fichero deberá estar debidamente notificado.
- El fichero deberá incluir únicamente los datos indispensables para la identificación de la persona física o jurídica deudora y la deuda pendiente de pago.
- La inclusión en el fichero de morosos deberá ser comunicada a la persona física o jurídica interesada en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha en que se haya practicado la inclusión.
La inclusión en el fichero de morosos podrá ser solicitada por cualquier persona física o jurídica, siempre y cuando cumpla los requisitos anteriormente mencionados.