Para empadronarse en Madrid se deberá acreditar la identidad y el domicilio en Madrid. Se acreditará la identidad mediante documento nacional de identidad (DNI), pasaporte o tarjeta de residencia. En el caso de que la persona que solicite el empadronamiento sea menor de edad, se deberá acreditar la identidad mediante el Libro de Familia, DNI, pasaporte o tarjeta de residencia. Si no dispone de ninguno de estos documentos, se podrá acreditar mediante certificado de nacimiento, tarjeta de identificación fiscal, certificado de empadronamiento de otro municipio o cualquier otro documento oficial que acredite la identidad y el domicilio en Madrid.
Para acreditar el domicilio en Madrid se podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos: contrato de arrendamiento, contrato de compraventa, certificado de titularidad de suministros, certificado de empadronamiento, certificado de residencia fiscal, certificado de registro mercantil o cualquier otro documento oficial que acredite el domicilio en Madrid.
En el caso de que el domicilio en Madrid se acredite mediante contrato de arrendamiento, se deberá aportar el contrato registrado en el Registro de la Propiedad o, en su defecto, una copia del contrato aportada por el arrendador y una fotocopia del DNI del arrendador. En el caso de que el domicilio en Madrid se acredite mediante contrato de compraventa, se deberá aportar la escritura de compraventa registrada en el Registro de la Propiedad.
La persona que solicite el empadronamiento deberá firmar el documento de solicitud. En el caso de que la persona que solicite el empadronamiento sea menor de edad, deberá firmar el documento de solicitud el representante legal. Si la persona que solicita el empadronamiento es discapacitada, podrá hacerlo mediante firma electrónica avanzada o representante.